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RESOLUCION de 29 de abril de 2005, de la Dirección General de Transportes, por la que se declaran aptas a las personas que han superado las pruebas de obtención y renovación de la capacitación profesional para el ejercicio de la actividad de Consejero de Seguridad para el transporte de Mercancías Peligrosas por carretera y ferrocarril celebradas en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 20/05/2005 (Nº 60)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS, URBANISMO Y TRANSPORTES

Texto completo:

RESOLUCION de 29 de abril de 2005, de la Dirección General de Transportes, por la que se declaran aptas a las personas que han superado las pruebas de obtención y renovación de la capacitación profesional para el ejercicio de la actividad de Consejero de Seguridad para el transporte de Mercancías Peligrosas por carretera y ferrocarril celebradas en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Examinada la propuesta que, en sesión celebrada el día 28 de abril de 2005, el Tribunal Calificador de las pruebas de constatación de la capacitación profesional para el ejercicio de la actividad de Consejero de Seguridad para el transporte de Mercancías Peligrosas por carretera y ferrocarril acordó elevar a esta Dirección General como órgano convocante de las mismas, y que contiene la relación de personas consideradas aptas, por haber acreditado poseer el nivel de conocimientos suficientes para cada una de las modalidades establecidas por Orden Ministerial de 21 de octubre de 1999, (BOE nº 254), que determina las modalidades de los exámenes que han de superar los Consejeros de Seguridad, así como las convocatorias, la estructura de los ejercicios y los correspondientes certificados de aptitud.

Vista la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, (BOE nº 182, de 31-07-1987), el R.D. 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la citada Ley (BOE nº 241, de 8-10-1990), el R.D. 1566/1999, de 8 de octubre, (BOE nº 251), que incorpora la Directiva 96/35/CE, del Consejo, de 30 de junio, a nuestro ordenamiento jurídico, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, (BOE nº 285, de 27-11-1992), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Considerando que la propuesta que el Tribunal Calificador acuerda elevar a esta Dirección General es conforme a las normas ordenadoras del transporte y preceptiva, a fin de proceder a la expedición por el Director General de Transportes del certificado que acredita estar en posesión de la titulación requerida para el ejercicio de la actividad en sus correspondientes modalidades, bien por obtención, bien por renovación de la misma.

Esta Dirección General, en virtud de lo que antecede y en ejercicio de las competencias delegadas por la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, ha resuelto asumir la propuesta de 28 de abril de 2005 del Tribunal Calificador de las pruebas, declarando aptos para el ejercicio de la actividad de Consejero de Seguridad a aquellas personas que, en la modalidad que en cada caso se indica, figuran relacionadas en anexo a esta Resolución, ordenando sean expedidos los correspondientes certificados de capacitación profesional.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón», haciendo constar los datos relativos al número asignado en las listas de admitidos a las pruebas y modalidades de capacitación profesional sobre las que interpone el recurso.

Zaragoza, 29 de abril de 2005.

El Director General de Transportes, JESUS SANCHEZ FARRACES